Eslovaquia ha restringido la importación personal libre de impuestos de tabaco sin humo y productos relacionados con la nicotina procedentes de países no pertenecientes a la UE. En vigor desde el 1 de febrero de 2025, la Ley de Impuestos Especiales actualizada se centra en el tabaco calentado, los vapes y las bolsitas de nicotina, afectando directamente a los viajeros que entran en el país por tierra o por aire.
La legislación revisada clasifica las importaciones en productos de tabaco sin humo (BTV), como tabaco calentado, rapé y tabaco de mascar, y productos relacionados con la nicotina (ITV), que incluyen recargas para vapeador y bolsitas de nicotina. La franquicia libre de impuestos depende del modo de transporte.
| Categoría de producto | Límite de viaje por tierra (no UE) | Límite de viaje aéreo (no UE) |
|---|---|---|
| Tabaco sin humo (BTV) (tabaco calentado, tabaco de mascar, rapé) | 2 paquetes de consumidores | 10 paquetes de consumidores |
| Productos relacionados con la nicotina (ITV) (bolsitas de nicotina, recargas para vapeador) | 2 paquetes de consumidores | 10 paquetes de consumidores |
Los defensores de la salud pública argumentan que estos límites crean barreras para las personas que intentan dejar de fumar. A diferencia de los cigarrillos tradicionales, las bolsitas de nicotina no están ampliamente disponibles en las tiendas minoristas eslovacas, lo que convierte las importaciones personales en una fuente fundamental para los consumidores.
Restringir estas importaciones podría disuadir a los fumadores de pasar a alternativas de menor riesgo. Aunque los cigarrillos tradicionales siguen estando muy disponibles, las alternativas de nicotina más seguras se enfrentan a obstáculos logísticos más estrictos, lo que podría empujar a los usuarios de nuevo hacia el tabaco combustible.
Las autoridades aduaneras eslovacas advierten que importar cantidades superiores a los límites permitidos sin declararlas constituye una infracción aduanera. Los infractores se exponen a multas, incautación del producto y posibles cargos penales. Las normas se aplican estrictamente a viajeros de 17 años o más; las personas menores de esta edad tienen prohibida la importación de cualquier producto de tabaco o nicotina.