El Parlamento portugués ha retrasado la implementación práctica de una prohibición a escala de la UE sobre el tabaco calentado con sabores, posponiendo la aplicación hasta 2024. Aunque la Directiva Delegada de la Comisión Europea (UE) 2022/2100 estableció el 23 de octubre de 2023 como fecha oficial de inicio para prohibir sabores característicos como el mentol, la legislación nacional necesaria no ha finalizado su votación definitiva en la Asamblea de la República.
El proyecto de ley propuesto, aprobado por el Consejo de Ministros en mayo, superó su votación general inicial el 29 de septiembre. La medida se basa en actualizar la Ley del Tabaco de 2007 para equiparar directamente los productos de tabaco calentado con los cigarrillos convencionales.
En comunicados oficiales sobre la legislación, el Ministerio de Sanidad aclaró el alcance de la norma: “Las nuevas reglas entrarán en vigor el 23 de octubre de 2023 para cualquier sabor característico, incluido el sabor a mentol, en toda la Unión Europea.” Sin embargo, debido a que los procedimientos parlamentarios siguen sin finalizar, no es factible una aplicación interna inmediata en esa fecha.
Más allá de las prohibiciones de sabores, la legislación introduce restricciones de venta basadas en la ubicación. El marco actualizado prohíbe la venta de cigarrillos y tabaco calentado en lugares donde se prohíbe fumar, incluidos gasolineras, restaurantes y cafeterías. Las pequeñas tiendas de alimentación están exentas de forma explícita para seguir vendiendo.
Para evitar una disrupción comercial, el borrador incluye una disposición transitoria que permite a los distribuidores liquidar el stock existente de tabaco calentado con sabores puesto en el mercado antes de la fecha de entrada en vigor de la ley. Además, el empaquetado del tabaco calentado deberá incorporar pronto advertencias sanitarias gráficas que combinen texto e imagen, en paralelo a los paquetes de cigarrillos convencionales.