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Polonia prohibirá todas las ventas de vapeo a menores, incluidos los productos sin nicotina

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Prohibición del vapeo en Polonia: vapes sin nicotina

El gobierno polaco ha aprobado oficialmente un proyecto de enmienda a su ley nacional de protección del tabaco, allanando el camino para una prohibición total de la venta de todos los cigarrillos electrónicos y contenedores de recarga a personas menores de 18 años. Impulsada por el Ministerio de Salud, la legislación se centra específicamente en el rápido aumento del vapeo entre los jóvenes eliminando el vacío legal para los productos sin nicotina.

Según las leyes vigentes derivadas de la Directiva sobre productos del tabaco de la UE (2014/40/UE), solo los e-líquidos que contienen nicotina están fuertemente regulados. La nueva enmienda polaca pretende cerrar esta brecha, tratando los «líquidos sin nicotina» con la misma severidad que los cigarrillos electrónicos estándar. Los funcionarios de salud sostienen que los vapeadores sin nicotina representan una amenaza comparable para la salud pública, actuando como una vía fácil para que no fumadores y jóvenes pasen a la adicción a la nicotina.

Una vez aprobadas, las nuevas regulaciones impondrán varias limitaciones estrictas a los productos de vapeo sin nicotina, alineándolos con la normativa tradicional del tabaco:

  • Prohibición de ventas a menores: Una prohibición completa de la venta a cualquier persona menor de 18 años.
  • Restricciones de uso: Se prohibirá el vapeo de líquidos sin nicotina en los mismos espacios públicos donde actualmente está prohibido el vapeo con nicotina.
  • Prohibiciones de distribución: Prohibición total de las ventas mediante máquinas expendedoras y de compras a distancia/online.
  • Prohibición de marketing: Prohibición total de publicidad y campañas promocionales.
  • Registro obligatorio: Todos los productos deben notificarse oficialmente a la Oficina de Sustancias Químicas.

El proyecto de ley se ha remitido a la Comisión Europea para el proceso obligatorio de notificación de la UE. Tras su anuncio oficial interno, se prevé que la ley entre en vigor después de un periodo de transición de tres meses. Además, los fabricantes y distribuidores de líquidos sin nicotina que ya estén en el mercado dispondrán de un plazo de gracia de seis meses para registrar sus productos ante el Presidente de la Oficina de Sustancias Químicas.